Desde el 12 de Junio, se publicaron en la gaceta de la CDMX los Lineamientos para la ejecución del Plan Gradual hacía la Nueva Normalidad en la CDMX, https://covid19.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Documentos%20reanudacion%20de%20actividades/semaforo-naranja-del-plan-gradual-hacia-la-nueva-normalidad.pdf
Los dueños, administradores o responsables del funcionamiento de las actividades que, en conformidad al color del Semáforo Epidemiológico se encuentre operando, deberán realizar un número de pruebas semanales equivalentes al 5% de sus empleados ya sea de forma individual o bajo las siguientes circunstancias:
- Aquellos que por la naturaleza de su actividad o por las características de sus instalaciones no sea posible mantener la sana distancia de 1.5 M entre sus trabajadores y clientes, deberán realizar pruebas a sus trabajadores cada semana.
- Aquellos que tengan condiciones favorables para mantener la sana distancia de 1.5 M entre sus trabajadores y clientes, deberán realizar pruebas a sus trabajadores cada 2 semanas. Sin perjuicio de que puedan practicarlas con menor temporalidad.
Ya que se haya realizado la prueba grupal se deberá solicitar a cada uno de los trabajadores que se aíslen en su domicilio, hasta que se obtengan los resultados
Cada trabajador deberá realizarse un autodiagnóstico COVID -19 con base en los síntomas de la enfermedad
- Fiebre
- Tos
- Cansancio
- Dolor muscular y/o de articulaciones
- Dolor de garganta
- Diarrea
- Conjuntivitis (Secreción ocular) o irritación
- Dolor de cabeza
- Perdida del sentido del olfato o del gusto
- Escurrimiento nasal
- Somnolencia
En caso de que la prueba grupal sea positiva, se enviará a resguardo domiciliario al grupo completo y deberá realizarse una prueba individual cada integrante de ese grupo.
Los responsables del funcionamiento de la actividad tendrán la obligación de reportar al servicio de Locatel 55 56 58 11 11, la fecha en que se les practicó la prueba, la fecha del resultado y el resultado de la misma.